La renovación del Parlamento Europeo coincide con el trentenio de sus eleccionos por sufragio universal directo. Por mérito de los tratados de Maastricht (1992) y de Amsterdam (1997), el Parlamento Europeo ha acrecentado su peso pasando de un simple rol de tribuna y consultivo a la codecisión con el Consejo de Ministros y de interlocución con la Comisión sobre materias cada vez más relevantes. Pero queda basado en sistemas electorales estatales diversos el uno del otro y, minuspotencia seria para un Parlamento, no tiene poder de iniciativa legislativa, reservado a la Comisión Europea, compuesta por personas a quienes falta el carisma de la elección.
Franco Sircana, notizieradicali
“¿Què hay mejor, para los Gobiernos de los Estados miembros, que un sistema que les consiente continuar tomando las decisiones que cuentan en el seno del Consejo de Ministros de la Unión, pero cargando los costes sobre una organización presentada como tecnocrática, lejana, extraña, y a la vez caracterizada por procedimientos complejos, agotadores y todo lo contrario de trasparentes? ¿Y quién ha querido que así fuera, sino los Jefes de Estado y de Gobierno reunidos en Conferencia intergubernativa?”Cesare Pinelli, Pol.is, dicembre 2008
22-IV-09, notizieradicali