-ver también radicali, por posibilitar ejercicio derecho de voto a discapacitados intransportables-
Como consecuencia de diversas afecciones físicas, mi padre, de 82 años, tiene importantes dificultades de movilidad. Al agravarse estas, y en vista de que el el 7 de junio próximo se celebran las elecciones parlamentarias europeas, me he desplazado en dos ocasiones a dos oficinas de Correos diferentes con intención de tramitar una solicitud de voto por correo en su nombre. En la primera ocasión, recibí una fuerte reprimenda de la empleada que me atendió - es un decir-,enfurecida al parecer por mi pretensión de efectuar tal solicitud sin ser el interesado y a pesar de mi relación de parentesco con él. Según me informó a gritos la funcionaria, mi padre debía presentarse personalmente para tramitar la petición. Al alegar yo que si solicitaba el voto por correo era precisamente porque a mi padre le resulta imposible desplazarse al colegio electoral o adonde fuere, los gritos subieron de tono de modo considerable. Entre ellos, pude acabar entendiendo que para solicitar la documentación pertinente necesitaba presentar un certificado médico que avalara los problemas de movilidad del peticionario. Conseguir el certificado supuso, naturalmente, desplazarse a la consulta del médico de cabecera de mi padre. Por suerte, el médico accedió a extenderlo sin estar el paciente presente y sin cobrar los doce euros la unidad que por imperativo superior, dicen, deben cobrar. Con el certificado en cuestión y el resto de impresos, además de sendas fotocopias de los respectivos DNI añadidas de propina por si acaso, me dirigí a la central de Correos, donde se me informó que, como ya me temía, me faltaba otro documento: un poder notarial en el que el solicitante me nombrara representante suyo a todos los efectos. Dado que como ya he dicho mi padre no puede desplazarse y que hasta donde yo sé los notarios no hacen visitas a domicilio, parece que finalmente le será imposible ejercer su derecho al voto por correo. Tampoco acabamos de entender por qué deberíamos pagar los honorarios de un notario para finalmente lograr ejercer un derecho que para los ciudadanos no impedidos tiene carácter gratuito. Lo más chocante de todo este fenomenal y absurdo enredo burocrático es que estas elecciones del 7 de junio serán las primeras en que las personas ciegas podrán votar de modo autónomo, gracias al sistema braille. Hasta hoy mismo y desde que se implantó la democracia en España, cientos de miles de ciegos han estado votando a través de personas que se supone tenían su confianza a la hora de escoger la papeleta del partido de su preferencia. Ciegos sí, pero impedidos no. Simplemente kafkiano.
24-V-09, Joaquim Pisa, cartasdeloslectores/lavanguardia