(Ernesto Ekaizer:) el Supremo omitió al TJUE que la inhabilitación de Junqueras está suspendida

Con fecha 14 de octubre la dejó sin efecto hasta que se pronuncie Luxemburgo

  • El presidente de la sala segunda del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, durante el juicio / EMILIO NARANJO / EFE
El presidente de la sala segunda del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, durante el juicio / EMILIO NARANJO / EFE

El Tribunal Supremo omitió el 14 de octubre pasado informar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre una resolución datada ese mismo día por la que se suspendía la ejecución de la inhabilitación de Oriol Junqueras prevista en la sentencia del procés firmada y notificada durante esa misma jornada. 

El 14 de octubre el tribunal del procés dictó sentencia condenatoria a 13 años de prisión para Junqueras  y  pena de inhabilitación absoluta de 13 años para ejercer empleos cargos públicos aunque sean electivos.

Y simultáneamente, en relación a la cuestión prejudicial de la inmunidad de Junqueras pendiente, envió con esa fecha la sentencia al TJUE y un oficio firmado por el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, que decía: “Pongo en su conocimiento que la citada cuestión prejudicial sigue manteniendo su interés y vigencia para este Tribunal Supremo, toda vez que la respuesta del Tribunal de Justicia tendrá eficacia con independencia de la situación de prisión preventiva o penado que afecte a Oriol Junqueras”.

Se da la circunstancia que el tribunal del procés no notificó a las partes hasta el 30 de octubre otro auto en el que figura la fecha de 14 de octubre.

En esa resolución el tribunal posponía la ejecución de la pena de inhabilitación hasta que se resolviera un recurso de la defensa de Junqueras contra la prohibición de salir de prisión de Junqueras para jurar o prometer su condición de eurodiputado. Y resolverlo exige conocer la sentencia del TJUE sobre la inmunidad del eurodiputado electo.

Pero el Supremo no envió esa resolución al TJUE. Y en la vista del 14 de octubre en Luxemburgo, el fiscal Fidel Cadena tampoco dio cuenta de esa suspensión.

El 12 de noviembre de 2019, Maciej Szpunar, el abogado general encargado de aportar sus conclusiones -que no son vinculantes pero influyen notablemente en la sentencia que suele adoptar el TJUE- asumió como un hecho que Junqueras está inhabilitado.

El abogado señala: “Es cierto que el órgano jurisdiccional remitente ha mantenido su petición de decisión prejudicial indicando que `la respuesta  del Tribunal de Justicia tendrá eficacia con independencia de la situación de prisión preventiva o penado que afecte a Oriol Junqueras´”.

Pero objeta. “Sin embargo, el problema no radica en el fundamento de la privación de libertad del recurente en el procedimiento principal, sino en la pena accesoria de inhabilitación absoluta a la que también ha sido condenado…”.

Por tanto, el abogado general carecía de la información sobre la suspensión de la pena de inhabilitación de Junqueras. Y, según dejaba constancia, una vez dictada sentencia e inhabilitado Junqueras “albergaba dudas sobre la competencia para responder a las cuestiones prejudiciales en este asunto…” 

El abogado Andreu Van den Eynde, defensor de Junqueras, a la vista de las conclusiones, decidió enviar un escrito al TJUE dando cuenta de facto de la omisión del auto datado el 14 de octubre y sobre el hecho de que en la vista de ese mismo día en Luxemburgo se hubiera omitido que la ejecución de la inhabilitación está suspendida hasta que se conozca la sentencia del tribunal europeo.

El TJUE leerá en Luxemburgo el próximo 19 de diciembre la sentencia sobre la inmunidad de Junqueras.