Llarena reactiva la extradición de los exiliados

Gemma Liñán
Foto: ACN
Barcelona. Jueves, 25 de febrero de 2021. elnacional.cat

Puigdemont Comin Ponsatí Puig / Consell per la República

El instructor de la causa del procés, Pablo Llarena, ha concedido tres días de plazo al fiscal, a las otras partes acusadoras y a los abogados de los procesados que se encuentran en "situación de rebeldía" —dice la providencia— Carles Puigdemont, Lluís Puig, Antoni Comín y Clara Ponsatí para que formulen "alegaciones sobre la necesidad de dirigirse al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para plantear una cuestión prejudicial sobre el alcance de las posibilidades de petición y de las razones de denegación de una orden de detención y entrega europea, de acuerdo con la decisión marco 2002/584 / JAI, con la finalidad de poder establecer criterios estables que conduzcan a la decisión de mantener, retirar o emitir nuevas Órdenes Europeas de Detención contra todos o algunos de los procesados en la mencionada causa".

El magistrado pide también a las partes que informen sobre el contenido de la cuestión o cuestiones que tendrían que formularse.

En una providencia, que ha sido notificada hoy, el juez Pablo Llarena explica que la autoridad judicial de ejecución belga le ha comunicado oficialmente el 1 de febrero de 2021 su decisión, "de carácter firme", de denegar la entrega del procesado Lluís Puig.

En este marco, considera que la interpretación del derecho de la Unión y de las normas establecidas en la decisión marco relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre estados miembros llevada a cabo por la autoridad de ejecución belga, que ha denegado la entrega del procesado Lluís Puig, "discrepa de la que sostiene este Tribunal Supremo, y que la interpretación definitiva de la norma no sólo afecta a las decisiones de entrega que se tengan que tomar en un futuro y a su eficacia procesal, sino que condiciona la subsistencia de unas medidas que impactan directa y permanentemente en el derecho a la libertad de los afectados, no sólo con respecto a su libertad de movimientos en el actual país de ejecución, sino en todos aquellos otros estados de la Unión donde hoy opera su orden de detención y que puedan restringir la libertad en un futuro".

El juez recuerda que en esta causa, en las piezas de situación personal de los procesados Lluís Puig, Carles Puigdemont, Antoni Comín y Clara Ponsatí, se han emitido órdenes de detención europeas, sujetas a la decisión marco 2002/584 / JAI del Consejo, de 13 de junio de 2002, en su versión modificada por la decisión marco 2009/299 / JAI del Consejo, de 26 de febrero del 2009.

Asimismo, indica que la fijación de un plazo de tres días es consecuencia del conocimiento que tienen las partes sobre la cuestión, a causa de que la larga tramitación de las euroórdenes ha facilitado su conocimiento, ya que todas las decisiones son plenamente conocidas por haber sido puntualmente notificadas a las partes, tanto en este procedimiento, a pesar de su situación de rebeldía, como en el estado de ejecución.