ONU: el TSupremo ha de restituïr i compensar al juez Garzón

El Comité de Derechos Humanos de la ONU dice que la condena a Garzón fue "arbitraria"

Sentencia del Tribunal Supremo

El órgano independiente reclama que se borre los antecedentes penales del exjuez por su condena por el caso Gürtel

Desayuno europa press. Nadia calviño presenta al ministro de justicia juan carlos Campo Foto Emilia Gutierrez 13/07/2020 La fiscal gerenal Dolores Delgado con Baltasar Garzon

El ex juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzon 

El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha dejado en evidencia la actuación del Tribunal Supremo respecto del exjuez Baltasar Garzón, a quien condenó por prevaricación por grabar la conversaciones entre los principales investigados del caso Gürtel y sus abogados desde la cárcel. El órgano independiente considera que la condena fue "arbitraria e imprevisible".

Este Comité, formado por expertos independientes, se encarga de velar por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, suscrito por España en 1997. Tras la reclamación de Garzón, este Comité ha analizado los distintos procesos judiciales en los que el ex magistrado de la Audiencia Nacional estuvo inmerso y ha concluido que el tribunal se extralimitó.

Por eso, el Comité advierte a España que debería borrar los antecedentes penales de Garzón y proporcionarle una compensación adecuada por el daño sufrido. “El Estado parte tiene también la obligación de adoptar medidas para evitar que se cometan violaciones semejantes en el futuro”, advierte.

El magistrado, que actualmente ejerce como abogado, fue condenado en 2012 a 11 años de inhabilitación por el caso Gürtel. Además, estuvo incurso en otro proceso judicial por investigar los crímenes del franquismo, aunque finalmente por este asunto quedó absuelto. El Comité entiende que jamás debió ser enjuiciado por ello porque el hecho de entender que no debió iniciar una investigación por falta de competencia es una cuestión de interpretación de la ley pero no puede tener un reproche penal.

Por el asunto de las grabaciones del caso Gürtel, el Comité entiende algo parecido. Da la razón a Garzón cuando sostiene que esas intervenciones telefónicas entre los cabecillas de la trama Gürtel y sus abogados justo después de su detención en febrero de 2009 se realizaron a petición de la Policía y con el apoyo de la Fiscalía. Se le condenó, según estos expertos, basándose en posturas que no eran “suficientemente explícitas, claras y precisas que definiesen con exactitud la conducta prohibida”, lo que supone, según ellos una violación de Pacto.

Además, pone encima de la mesa la duda de imparcialidad del tribunal que le juzgó y condenó.”El Comité no puede concluir que el autor tuvo acceso a un tribunal independiente e imparcial en los procesos seguidos en su contra en el marco de los casos Franquismo y Gürtel, que finalmente resultó en su condena penal y en la consiguiente pérdida definitiva de su cargo. En consecuencia, el Comité considera que se violaron los derechos del autor”, concluye.