España cañí -131: una justicia (...) que garantiza la impunidad a los más rastreros y abyectos estafadores
El representante de la Fiscalía de Madrid y los abogados defensores en el juicio por la estafa de los falsos paralímpicos de los Juegos de Sidney del año 2000 han acordado este lunes "una absolución negociada" para dieciocho de los procesados, mientras que se ha rebajado la condena de dos años de cárcel a multa de 5.400 euros para el expresidente de la Federación Española de Deportes para Discapacitados Intelectuales (FEDDI) Fernando Martín por estafa y falsedad oficial.
La Audiencia Provincial de Madrid tenía previsto juzgar esta mañana a diecinueve personas acusadas de un delito de falsedad continuada por la supuesta estafa que se cometió en los Juegos Paralímpicos del año 2000 en la ciudad australiana de Sidney a manos de los jugadores del equipo de Baloncesto.
Uno de los jugadores, el periodista Carlos Ribagorda, se infiltró en el equipo para sacar a la luz que solo de los doce componentes del equipo, dos eran minusválidos. Tras saltar el escándalo, varios de los deportistas devolvieron la medalla de oro que habían obtenido en la competición.
Al inicio de la vista, el fiscal ha anunciado que retiraba la acusación para dieciocho de los diecinueve acusados y que mantenía la del expresidente del FEDDI al ser el máximo responsable de lo que ocurrió en Sidney. Así, ha acordado rebajar los dos años de prisión que se le solicitaba en un principio por dos multas por los delitos de estafa y falsedad oficial, imponiéndole una multa de 5.400 euros.
La decisión de retirar la acusación se ha producido como consecuencia a que Fernando Martín haya asumido la responsabilidad en los hechos que se produjeron, esta circunstancia exonera al resto de las personas que se habían sentado en el banquillo de los acusados.
En cuanto al único acusado, el fiscal y la acusación particular, que representa al Comité Paralímpico, han acordado que se le apliquen las atenuantes de dilaciones indebidas, ya que el proceso se inició hace 13 años, y reparación del daño, dado que Fernando Martín ha abonado la indemnización de 142.000 euros que se le reclamaba en concepto de responsabilidad civil. Esta cantidad corresponde al valor de las becas que en su día se concedieron a los jugadores, pero que se quedó la federación.
Tras leerle el fiscal las modificaciones en la acsuación, el procesado ha aceptado y ha asumido los hechos de los que se le acusa, lo que implica que acepta la condena de multa de 5.400 euros por los delitos de estafa y falsedad oficial.
El abogado José Antonio Choclán, que representa a Fernando Martín, ha destacado en los pasillos de la Audiencia madrileña que se ha llegado a "una absolución negociada práctica" para su cliente y el resto de procesados al asumir el primero todas las responsabilidades, lo que exonera al resto de las acusaciones.
Tras quedar visto para sentencia, Carlos Ribagorda ha explicado que decidió destapar la estafa después de que tuviera conocimiento que varios de los jugadores de baloncesto que compitieron en Brasil en 1988 y en el Eurobasket de 1999 no eran minusválidos. "A partir de ahora habrá un sistema de medición mucho más fiable", ha reseñado.
Los hechos se remontan al mes de octubre del año 2000 cuando tienen lugar en la ciudad australiana de Sidney la XI Edición de los Juegos Paralímpicos, destinados a personas con minusvalías físicas, psíquicas y sensoriales, con la participación de 200 deportistas españoles, entre los que se hallaban los doce integrantes del Equipo de Baloncesto de Discapacitados Intelectuales, adscrito a la Federación Española de Deportes para Discapacitados Intelectuales (FEDDI), que presidía Fernando M. V.
El fiscal sostiene que, de los 12 componentes del equipo de baloncesto que logró una medalla de oro en Sidney 2000, sólo dos deportistas poseían el correspondiente certificado de minusvalía emitido por la Administración pública competente (las autoridades autonómicas catalana y valenciana) .
Los ahora exonerados participaron "a sabiendas de que carecían de toda discapacidad, y por tanto del correspondiente certificado oficial de minusvalía expedido por el INSERSO o el organismo pertinente de la comunidad autónoma.
7-X-13, ep