la tuitera Cassandra, condenada a un año de prisión por mofarse de Carrero Blanco

La Audiencia Nacional considera que los 13 tuits publicados entre 2013 y 2016 constituyen desprecio, deshonra y burla a las víctimas del terrorismo.

29/03/2017 thehuffingtonpost, M. Molina
EFE

La Audiencia Nacional condena a la tuitera Cassandra a un año de prisión por delito de humillación a las víctimas del terrorismo. La Sección Cuarta de lo Penal considera que los 13 comentarios que escribió en Twitter entre 2013 y 2016 sobre el almirante Carrero Blanco y el terrorismo constituyen desprecio, deshonra, descrédito, burla y afrenta a personas que han sufrido el zarpazo del terrorismo y sus familiares y supone una actitud irrespetuosa y humillante que encaja dentro del delito de humillación a las víctimas. La Sala impone un año de prisión, que es la pena que había solicitado el Ministerio Fiscal.

La sentencia detalla los 13 tuits publicados desde el perfil @kira_95. La tuitera atribuye a sus comentarios un tono humorístico e irónico que a la Sala no le convence. Sus frases, adicionadas la mayoría de las veces con elocuentes imágenes, refuerzan aún más su carácter de descrédito, burla y mofa a una víctima del terrorismo, se señala en la sentencia, "por más que el atentado sufrido por el entonces presidente del Gobierno del régimen franquista hubiera tenido lugar en 1973".

Para el tribunal, tampoco sería justo descartar el reproche penal por los 40 años transcurridos desde el atentado a Carrero Blanco, "puesto que la lacra del terrorismo persiste, aunque con menor intensidad".

La tuitera es una persona con cierta cultura que evidentemente sabía que estaba cometiendo hechos patentemente ilícitos

La sentencia, ponencia de Juan Francisco Martel, desgrana las últimas sentencias del Tribunal Supremo para concluir que la tuitera es una persona "con cierta cultura que evidentemente sabía que estaba cometiendo hechos patentemente ilícitos". Según el tribunal, la propia conducta expresada por el acusado en sus mensajes "demuestra bien a las claras que conocía la existencia del reproche penal de su conducta, o al menos se lo planteó.