´Propiedad y cultura´, Santiago Fondevila

El proyecto de ley del Ministerio de Cultura sobre la restricción del acceso a internet es un tema de colisión de dos derechos constitucionales. No me parece procedente que una ministra atisbe la diferencia entre suspensión de una web y cierre, haciendo gala de una supuesta iluminación jurídica. Señora ministra, suspendida (académicamente). El tema de la propiedad (derecho que prevalece en toda sociedad capitalista como inalienable), y en este caso de la intelectual, no puede plantearse en términos absolutos, sino en el contexto de la legislación, pero también de la nueva sociedad de la información. La Carta Magna garantiza el acceso a la cultura. El Estado debe tutelar ese derecho y el de la propiedad. La solución pasa por armonizar y tutelar ambos derechos. Y es en ese territorio que la ministra y el Gobierno deberían trabajar, y no en la acción sancionadora vía administrativa. En nuestro país pagamos más que en ningún otro europeo por el acceso rápido a internet. Los contenidos en la red que supongan un acceso a la cultura deben ser accesibles a toda la población. El Gobierno debe, por orden constitucional, cooperar a la difusión libre de los contenidos culturales en la red. ¿Cuáles son los límites del derecho de la propiedad intelectual? ¿Cómo revierte a la sociedad el beneficio de esa propiedad frecuentemente subvencionada por el Estado? Promomusicae, la asociación de editores de discos, ha recibido 1,5 millones de euros para su web de venta de canciones, según la asociación de internautas. O sea, Cultura, a través de nuestros impuestos, les pone un chiringuito y, luego, a pagar. La sociedad de la información necesita revisar conceptos. ¿Estamos ante la revolución (en términos políticos) internauta? Sí.

16-XII-09, Santiago Fondevila, lavanguardia