nota de prensa del Comité español de Apoyo al Tíbet

EL CAT (Comité de Apoyo al Tíbet)  SOLICITA LA AMPLIACIÓN DE LA CALIFICACIÓN DE LOS CRÍMENES COMETIDOS EN EL TÍBET Y PROPONE NUEVOS TESTIGOS ANTE LA AUDIENCIA NACIONAL.

 
El viernes 3 de septiembre, el CAT en su nombre y en el de los co-querellantes (Fundación Casa del Tíbet y Thubten Wangchen) ha presentado un escrito en el Juzgado Central de Instrucción nº 2 de la Audiencia Nacional en el que, como parte de las investigaciones del caso por genocidio y otros crímenes cometidos en el Tíbet (admitido a trámite en Enero del 2006 y actualmente en fase de sumario) solicita que los hechos denunciados e investigados hasta este momento se califiquen también como violaciones graves de las Convenciones de Ginebra. Asimismo, se ha teresado  la práctica de diligencias, consistentes en la testifical de 4 peritos y un testigo directo.


También se pide al Juzgado que aclare el estado de los trámites la testifical del médico norteamericano Dr. Blake Kerr que el Juzgado ordenó por comisión rogatoria hace tres años. El Dr. Kerr fue testigo y proporcionará extensa evidencia de abortos y esterilizaciones forzados realizadas a mujeres tibetanas por órdenes de las autoridades chinas implicadas en la represión. Esta evidencia constituye una de las bases del crimen de genocidio que se investiga en dicho juzgado.

Alegaciones:

La alegaciones para justificar esta petición se basan en 1) la constatación judicial del Tíbet como territorio ocupado y el traslado masivo de población china (estado ocupante) al Tíbet (estado ocupado) y 2) los delitos que según los tratados y convenios internacionales deban ser perseguidos en España, como son las violaciones graves a las
convenciones de Ginebra relacionadas con crímenes de guerra.

 
El citado escrito argumenta que aún admitiendo una variación en el estatuto jurídico de estos territorios ocupados, el artículo 47 de la IV Convención de Ginebra continúa protegiendo poblaciones como la tibetana ya que dicha disposición garantiza que: "Las personas protegidas que se encontraran en territorio ocupado no perderán, en
ninguna coyuntura ni en modo alguno, los beneficios del presente Convenio, ya sea en virtud de cambios ocurridos a consecuencia de la ocupación en las instituciones o en la gobernación del territorio de que se trata o por acuerdos concertados entre las autoridades del territorio ocupado y la Potencia ocupante, o como secuela de la anexión
por esta última de la totalidad o parte del territorio ocupado". A este respecto, las reivindicaciones de soberanía de las potencias ocupantes resultan irrelevantes en cuanto a la aplicación de la normativa de Ginebra. La finalidad de las Convenciones se centra en la protección de los derechos fundamentales, por lo que los argumentos soberanistas
respecto a esos territorios, no son en modo alguno, válidos.

Contexto:

Estos tratados y convenios internacionales vinculantes son aplicables en España conforme al art. 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) . Este artículo que emana de estos conveniosy contempla el Principio de Justicia Universal que ha permitido frenar o acabar con la impunidad de los crímenes más horrendos del planeta, ha sido alterado recientemente de forma vergonzosa y sin prácticamente ningún debate parlamentario. En un pacto inédito entre PP y PSOE destinado de forma evidente a evitar roces diplomáticos y favorecer relaciones comerciales
con países poderosos como China, Estados Unido e Israel, afectados por la justicia española, se ha limitado la acción de la JU, con el pretexto de "racionalizarla", a casos donde haya víctimas españolas y donde haya una "conexión nacional". Estos tratados y convenios son la esencia de la Jurisdicción Universal que permiten y obligan a España y a los estados firmantes a perseguir estos crímenes y así lo marca nuestra Constitución.

 
Peritos y testigo directo:

Con el fin de fundamentar la calificación jurídica de los hechos considerados inicialmente  como genocidas se solicita la práctica de declaraciones  de los siguientes peritos  y un  testigo directo de los combates durante los primeros años de la invasión del Tíbet por parte del ejército de la RPCh:

 
- Dr. Michael Van Walt Van Praag, jurista holandés especialista en el conflicto del Tíbet, autor del libro The Status of Tibet: History, Rights and Prospects in International Law, Westview Press / Wisdom Press (Boulder / London, 1987),profesor adjunto de derecho internacional de la Golden Gate University School of Law, asesor legal del Ministro de Asuntos Exteriores de Tímor Leste (2001-2002), miembro del consejo y Presidente ejecutivo del Consejo de paz internacional para los Estados, los Pueblos y las Minorías (Kreddha).

- Dr. S.L.Kuzmin, historiador ruso especialista en Tíbet y autor del libro de reciente publicación: "Hidden Tibet: History of Independence and Occupation", en español: "El Tíbet Oculto: Historia de Independencia y Ocupación".

- Dra. Katia Buffetrille, profesora de la Ecole Pratique des Hautes Etudes in Paris y experta en el conflicto del Tíbet. .

- Dr. Antonio Remiro Brotons, Catedrático de Derecho Internacional Público de la Universidad Autónoma de Madrid.

- Dhondup Namgyal Khorko, nació el 15 de marzo 1946 en Palpung, en el distrito de Payul, y que desde 1980 reside en Estados Unidos.  El Sr. Khorko ha sido testigo presencial de la invasión del territorio tibetano y de las atrocidades chinas durante la guerra de ocupación.

 
Reflexión final:

Estos últimos días el Presidente del Gobierno y todo su séquito diplomático y empresarial acelera en Shanghái (China) el idilio económico-amistoso-cultural con el Gobierno Chino. Telefónica debe convertirse en la segunda operadora de telefonía móvil del mundo, el nuevo coche utilitario chino Chery debe construirse en Cataluña, etc, etc, etc. Nada que objetar al comercio y a la amistad con China. Pero NO al precio de sacrificar los principios básicos de la democracia española, como son la separación de poderes y la lucha contra la impunidad en el mundo. Mientras que PSOE Y PP escenifican sus desacuerdos y peleas a diario, mucha gente, pensantes, abogados y jueces se preguntan cómo es posible que hayan cambiado una ley para que la Justicia Universal se limite a víctimas españolas, contradiciendo su esencia y el propio nombre de la Justicia Universal y que la otra condición sea la difícilmente definible "conexión nacional". Con Zapatero y Moratinos de vuelta de China después de vender la marca de España a todos los niveles comerciales, diplomáticos, culturales y políticos, la conexión nacional con China y sus territorios ocupados queda al menos claramente acreditada!!

 
FIN DE LA NOTA DE PRENSA

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