la (sin)vergüenza de la partitocracia con su Tribunal de Cuentas

Seis meses. Ese es el plazo del que dispone el Tribunal de Cuentas para emitir el informe de fiscalización de las cuentas de los partidos políticos una vez recibida la documentación. Que sólo se haya emitido desde que se aprobó la ley en 2007 el correspondiente a ese año dice mucho sobre la actual situación de este órgano. El presidente del propio Tribunal de Cuentas, Ramón Álvarez de Miranda, lo reconocía esta misma semana en una comparecencia en el Congreso para dar su opinión sobre la ley de Transparencia. El departamento de partidos políticos del tribunal, responsable también de auditar las cuentas de todas las campañas electorales, sólo contaba hasta ahora con 12 auditores que han sido reforzados recientemente con 14 compañeros más. Álvarez de Miranda se comprometió ante la comisión mixta para el Tribunal de Cuentas a concluir los informes de los años 2008, 2009. 2010 y 2011 antes de que concluya el presente año.

Más vale que así sea por que la propia ley contempla que las infracciones de los partidos políticos prescriben a los cuatro años y que el tiempo empieza a correr “en el momento de la comisión de la infracción”.

Esto es, las infracciones detectadas sobre lo sucedido en el ejercicio 2007 ya han prescrito por la lentitud del Tribunal de Cuentas. Pero también las del 2008 aunque el informe fiscalizador se presente dentro de unos días. Dependiendo de la celeridad con que trabajen los empleados del aludido tribunal, es probable que también prescriban las del 2009.

Además, no deja de ser curioso que el plazo para la prescripción sea de cuatro años cuando, por ejemplo, los delitos fiscales prescriben a los cinco años. ¿Acaso se merecen los partidos políticos un mejor tratamiento que el resto de los ciudadanos y empresas? “El Tribunal de Cuentas, en el plazo de seis meses desde la recepción de la documentación emitirá un informe sobre su regularidad y adecuación a lo dispuesto en esta Ley, o en su caso se harán constar expresamente cuantas infracciones o prácticas irregulares se hayan observado”.

17-II-13, lavanguardia